Ayuda consular en tus viajes

homer-viajarEn nuestros viajes por desgracia pueden ocurrir situaciones en que la Mastercard, la Visa o los amigos no puedan llegar. Para desmitificar rumores o solventar dudas, aquí va un listado de acciones que el consulado español puede o no puede hacer por ti extraídas del Ministerio de Asuntos Exteriores:

Los Consulados PUEDEN:

  • Expedir pasaportes o salvoconductos en caso de caducidad, pérdida o sustracción de la documentación personal.
  • Dar información sobre los servicios médicos, educativos y legales del país.
  • Prestar asistencia a detenidos.
  • Adelantarle en circunstancias excepcionales la cantidad necesaria para su repatriación, que deberá reintegrar al Tesoro Público dentro de los plazos establecidos por la ley.
  • Prestarle servicios de Registro Civil, notariales, de legalización de documentos, o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.

Los Consulados NO PUEDEN:

  • Hacer funciones de agencia de viajes.
  • Conseguirle un trabajo en el extranjero.
  • Garantizarle en un hospital o en una cárcel un tratamiento mejor que el otorgado a los nacionales de ese país.
  • Avalarle, prestarle dinero o pagar sus multas.
  • Poner a su disposición personal para que actúe como intérprete, guía o asistente social.

Si en el país en que te encuentras no existiera una representación consular española siempre puedes acudir a cualquier otra de la Comunidad Europea donde te ampararán los mismos derechos.

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TFW

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9 Comentarios
  • vivian 15 octubre 2012
  • Rafael Muñoz G.. 31 julio 2010
  • gabeto 28 junio 2010
  • dani 27 febrero 2010
  • Ignacio 25 febrero 2010
  • Quique 25 febrero 2010
  • Ignacio 25 febrero 2010
  • Quique 23 diciembre 2008
  • gianni 23 diciembre 2008
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